Las siguientes son las tarifas para el Año 2020:
ITEM | VALOR |
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Valor Folio del Boletín Normativo: | $ 100 |
Expedición de Certificados digitales del RAA público en general: | $ 12.000 |
Expedición de Certificados digitales del RAA para avaluadores inscritos en RAA a través de A.N.A.: | $0 |
Inscripción de nuevas categorías y registros voluntarios en el RAA: | 10% de Un (1) SMMLV ($87.780) |
Cuota Anual de Derechos de Autorregulación: | 85% de Un (1) SMMLV ($746.150) |
Inscripción de avaluador en el RAA: | Un (1) SMMLV ($877.803) |
*La actualización de datos de contacto, inscripción de experiencia profesional y títulos académicos que dieron lugar a la inscripción inicial, que se realice en el momento de pago de la cuota anual de derechos de Autorregulación, se entiende incluido dentro del pago de dicha cuota.
*Las tarifas entraran en vigencia a partir del 1ro de septiembre de 2019, las cuales fueron aprobadas por el Consejo Directivo Nacional en sesión del 14 de agosto de 2019
Nota 1: Las tarifas anteriores y los servicios relacionados con las mismas quedan supeditados a la autorización de operación de la Corporación, por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio de conformidad con lo establecido en el numeral 1.2. del artículo segundo de la Resolución 64191 de 2015 de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Nota 2: Las tarifas publicadas quedan supeditadas a ajustes derivados de la definición por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio de la cuota para el mantenimiento del Registro Abierto de Avaluadores – RAA, de conformidad con lo señalado en el numeral 3.2. del artículo segundo de la Resolución No. 64191 de 2015 de la Superintendencia de Industria y Comercio. Adicionalmente, las tarifas podrán ser modificadas por cambios en la POLITICA GENERAL SOBRE TARIFAS Y DERECHOS DE AUTORREGULACIÓN DE A.N.A. Los cambios en las taifas se entenderán realizados al día siguiente de la publicación de su modificación en la página web de la Entidad.
Nota 3. El pago de las tarifas deberá efectuarse a través de los medios explícitamente publicados por la Corporación en la página web (www.ana.org.co) y deberán ser canceladas de manera previa a la prestación del servicio correspondiente.
Nota 4. Conscientes de la situación actual debido al estado de emergencia causado por el Covid-19 y al año atípico por el cual estamos atravesando, en reunión de Consejo Directivo del pasado 27 de julio se tomó la decisión de otorgar a los avaluadores la posibilidad de cancelar la cuota anual de autorregulación, diferida en tres (3) pagos de la siguiente manera:
- PRIMER PAGO AGOSTO
- SEGUNDO PAGO OCTUBRE
- TERCER PAGO DICIEMBRE
La anterior decisión se extiende a todas las personas que aunque no se le haya vencido su año de autorregulación, consideren que puede serle útil el fraccionar el pago en las tres cuotas.
Les agradeceríamos que nos contesten este correo indicando que aceptan esta oferta y efectuar el primer pago antes de que finalice el mes de agosto, al correo direccionadministrativa@ana.org.co
Una vez realizado el pago recuerde que debe enviar el escáner del comprobante al correo auxcontable@ana.org.co o direccionadministrativa@ana.org.co, relacionado sus datos.
Quedamos a su disposición para aclarar lo que considere pertinente, si desea mayor información puede comunicarse a los celulares 3133799677 / 3214899740
Descargue aquí la información referente a las Tarifas para el año 2020. PUBLICACIÓN D TARIFAS RAA